Ensayo final Fabi
Universidad Autónoma de la Ciudad de México
Estudios Sociales e Históricos II
El Congreso de Chilpancingo, base ideológica de las
constituciones de 1824 y 1857
Alumna: Hernández Palacios, Fabiola
Profesora: Josefina Noemí, Duarte Sánchez
Plantel San Lorenzo Tezonco
Ciclo Básico
Grupo 334
Semestre 2022-II
Ciudad de México, 30 de noviembre de 2022.
Introducción
El presente escrito pretende demostrar que, tanto los Sentimientos de la Nación,
como el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, fueron las
bases ideológicas de las constituciones federales de México de 1824 y 1857.
Mientras los primeros postulados de José María Morelos y Pavón exponen las
demandas más radicales de la lucha de independencia, el segundo documento es
una constitución propiamente dicha que le da cuerpo de Estado-Nación del país
incipiente.
Por otro lado, se intentará contextualizar la realidad histórica que se vivía en el
México de la primera mitad del siglo XIX y se intentará responder al cómo las
constituciones beneficiaron o no a la población mexicana de la época.
El Congreso de Chilpancingo, base ideológica de las constituciones de 1824
y 1857
La guerra civil iniciada por Miguel Hidalgo en 1810, se convirtió en una guerra
revolucionaria contra España y José María Morelos y Pavón representa la
radicalización del movimiento. Su inteligencia y afinidad con el pueblo humilde le
hicieron darse cuenta de las carencias, vejaciones y necesidades de la población
americana, por lo que su lucha perseguía la dignificación de hombres y mujeres
dando fin a la relación de dependencia con España.
Su lucha armada se radicalizó y tomó la vía política cuando, tras diferencias con
Ignacio López Rayón (quien decidió reconocer el gobierno de la corona Española)
convocó un Congreso en Guerrero, el cual se celebró por primera vez el 14 de
septiembre de 1813 en Chilpancingo Guerrero. En este Congreso, también llamado
de Anáhuac, fue en donde se dio lectura a los “Sentimientos de la Nación”.
Así, el Congreso de Anáhuac dio un giro ideológico a la lucha, transformándola en
una guerra por la liberación del territorio, intentando resolver los siguientes
problemas (Galeana, 2003, 35):
El dominio tiránico y cruel de la península a través de la esclavitud y la
segregación racial impuesta por el régimen de castas.
El reparto desigual de bienes a través de la Enmienda.
El despojo violento de tierras y aguas a los pobladores americanos.
La política económica que debilitó la industria, agricultura y comercio locales,
favoreciendo a la metrópolis y dejando desprotegidos a los habitantes
rurales.
La discriminación a los americanos en puestos administrativos y
eclesiásticos, menospreciando sus capacidades y negándoles su
participación en ámbito político.
Pago excesivo de tributos, diezmos y alcabalas.
Escaso acceso a sistemas educativos, y limitación del acceso a educación
superior.
Las ideas principales de Morelos fueron: la abolición de la esclavitud, la libertad del
territorio septentrional de América del Norte y la división de poderes en Ejecutivo,
Legislativo y Judicial. En estos postulados, expuso en forma ordenada y sintética la
plataforma de sus ideas políticas y sociales (Galeana, 2003, 51).
Aunado a lo anterior, el mismo Congreso redactaría y presentaría, el 22 de octubre
de 1814, el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, primera
Constitución que condensa todo el pensamiento ilustrado de los habitantes
americanos y plasma, por primera vez, la voluntad del pueblo. A partir de este
momento se comenzaría a nombrar a la nueva nación como México (Galeana, 2003,
59).
Los postulados expuestos en la los Sentimientos de la Nación que servirían de
estructura al Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, así
como las constituciones de 1824 y 1857 se organizan de la siguiente forma:
En cuanto a la definición de mexicanos y sus derechos, Morelos dictó:
Que la América es libre e independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno
o Monarquía.
Que la esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de castas,
quedando todos iguales y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y al virtud.
(Sentimientos de la Nación)
En el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, estos
postulados sirvieron como base para la redacción de los capítulos II, III, y VI el
apartado “Principios o elementos constitucionales”, en ellos se encuentran los
artículos que garantizan los derechos y obligaciones de los ciudadanos.
En la constitución de 1824, las garantías individuales se diseminaron por todo el
escrito. En el caso de la constitución de 1857, se encuentran en el primer título en
las secciones I, II y IV, que describen los derechos del hombre, la definición de
mexicanos y las características de los ciudadanos mexicanos.
Morelos señaló que “los empleos los obtengan sólo los mexicanos” y “que no se
admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir, y libres de toda
sospecha” (Sentimientos de la Nación), dando origen a lo que más tarde, en la
Constitución de 1857, en el artículo 30, regularía la cantidad de derechos y
obligaciones que tienen los extranjeros dentro del territorio mexicano:
Tienen derecho a las garantías otorgadas en la sección primera [...]. Tienen la
obligación de contribuir para los gastos públicos [...] sujetándose a las leyes y
autoridades del país, sujetándose a los fallos y sentencias de los tribunales, sin
poder intentar otros recursos que los que las leyes concedan los mexicanos
(Constitución de 1857).
Las tres constituciones, una vez garantizados los derechos y obligaciones a nivel
individual, abordan el tema de la soberanía nacional, idea que se plasmó en el
siguiente postulado: “la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo
quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de
representantes de las provincias en igualdad de números” (Sentimientos de la
Nación). En la constitución de Apatzingán, se aborda en Capítulo II, en la
Constitución de 1824 se plasmó en el artículo 1 y en la constitución del 1857, en la
sección I.
Además, Morelos expresó abiertamente la división de poderes:
La soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que solo quiere depositarla en
sus representantes dividiendo los poderes de ella en Legislativo, Ejecutivo y
Judiciario, eligiendo las Provincias sus vocales, y éstos s los demás, que deben ser
sujetos sabios y de probidad (Sentimientos de la Nación).
Es común a las tres constituciones, organizar su gobierno en Ejecutivo, Legislativo
y Judicial, dividir el territorio en provincias e investirlas de facultades para su
funcionamiento administrativo.
Otro rasgo común en la Constitución de Apatzingán, la Constitución de 1824 y de
1857, es que surgen en contextos críticos. El Congreso de Anáhuac se instauró ante
el conflicto intestino entre insurgentes y realistas, mientras Morelos y los integrantes
de congreso luchaban por la independencia de las colonias del dominio español, los
realistas reconocían la autoridad del Rey de España y su dominio en las colonias
novohispanas.
La Constitución de 1824 se redactó tras la finalización de la revolución de
independencia y el derrocamiento del fallido reinado de Agustín de Iturbide en 1823.
Por su parte, la Constitución del 1857 surgió tras la pérdida de la mitad del territorio
mexicano en manos de los Estados Unidos, la muerte de Lucas Alamán, en 1853 y
la Revolución de Ayutla, cuyo fin fue el derrocamiento de la dictadura despótica de
Antonio López de Santa Anna.
Una diferencia fundamental de la Constitución del 57 con sus predecesoras, fue el
rompimiento con la iglesia y la secularización general de la administración, mientras
Morelos, el Congreso de Apatzingán y la Constitución del 24 reconocen, e incluso
imponen la religión católica, los liberales radicales de la segunda mitad del siglo XIX
secularizan la vida civil y la administración del Estado.
El conocimiento vertido en estos documentos refleja el alto grado de preparación
intelectual de los criollos y mestizos y su conocimiento de las ideas ilustradas del
siglo XVIII, que difundían la libertad del hombre, sus derechos naturales y privados.
Además, quienes redactaron leyes basadas en las teorías de hombres como
Montesquieu, Voltaire y Locke, atendían a la necesidad urgente de dignificar a la
población americana, resolver su situación diaria y procurar los medios de
sobrevivencia y la adecuada administración del Estado.
Por otro lado, la redacción de tres documentos tan similares, en periodos de tiempo
tan cortos, muestran la desorganización política y social que se vivía durante los
primeros años del México independiente, provocada, en gran medida, por una lucha
de poder que priorizaba intereses de grupos privilegiados –pseudo liberales, la
iglesia, la milicia y los extranjeros con posesión de bienes materiales en el país–
sobre las necesidades de la población general y el correcto funcionamiento del
Estado.
Socialmente hablando, la redacción e implementación de las constituciones mostró
una movilidad social en las castas criollas y mestizas privilegiadas, quienes, tras
trescientos años de conquista, lograron acceder a puestos político alto y participar
plenamente en la actividad política nacional. Por el lado negativo, si bien intentaban
regular y cambiar la situación de la población desfavorecida, la realidad de las cosas
es que su situación no cambió y, tanto los campesinos como la gente humilde
seguían siendo víctimas de vejaciones, explotación, no tenían acceso a la
educación y se encontraban completamente ajenos a los derechos adquiridos para
ellos.
Puede afirmarse entonces que si la historia de México se desarrolló de manera tan
convulsa y caótica, no fue debido a falta de conocimiento político o leyes veladas e
improvisadas; la inestabilidad fue provocada por las ambiciones de ciertos grupos
de poder y la falta de un proyecto común que diera un justo medio a los diversos
sectores de la sociedad mexicana, lo que dio como resultado la inestabilidad social
y económica que permeó durante la primera parte del siglo XIX.
Conclusiones
Por más voluntad patriótica de unos cuantos y leyes que se plasmaron, realmente
no existió un verdadero proyecto de nación común en diferentes sectores de la
sociedad, sólo se buscaban el privilegio personal o a nivel de grupos.
En los primero años del México independiente, las personas más radicales y
patrióticas fueron asesinadas, y los personajes que supieron desenvolverse de
manera personal en el entramado político que se tejía en el país no tenían un interés
nacional, sino un deseo personal de mantener el poder.
Las ideas de la ilustración del siglo XVIII terminaron llegando a las naciones
Americanas, en gran medida porque muchos de los personajes de la política
mexicana estudiaron en países europeos o tuvieron acceso a sus obras. No
obstante, en la práctica la gran mayoría de la población mexicana estaba
desprovista de derechos y garantías individuales, por lo que la revolución de
independencia sólo benefició a clases medias y habitantes de las grandes
metrópolis cercanos a los círculos de poder.
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