Ensayo final Fabi

Universidad Autónoma de la Ciudad de México


Estudios Sociales e Históricos II


El Congreso de Chilpancingo, base ideológica de las


constituciones de 1824 y 1857


Alumna: Hernández Palacios, Fabiola

Profesora: Josefina Noemí, Duarte Sánchez

Plantel San Lorenzo Tezonco

Ciclo Básico

Grupo 334

Semestre 2022-II

Ciudad de México, 30 de noviembre de 2022.


Introducción


El presente escrito pretende demostrar que, tanto los Sentimientos de la Nación,

como el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, fueron las

bases ideológicas de las constituciones federales de México de 1824 y 1857.

Mientras los primeros postulados de José María Morelos y Pavón exponen las

demandas más radicales de la lucha de independencia, el segundo documento es

una constitución propiamente dicha que le da cuerpo de Estado-Nación del país

incipiente.

Por otro lado, se intentará contextualizar la realidad histórica que se vivía en el

México de la primera mitad del siglo XIX y se intentará responder al cómo las

constituciones beneficiaron o no a la población mexicana de la época.


El Congreso de Chilpancingo, base ideológica de las constituciones de 1824


y 1857


La guerra civil iniciada por Miguel Hidalgo en 1810, se convirtió en una guerra

revolucionaria contra España y José María Morelos y Pavón representa la

radicalización del movimiento. Su inteligencia y afinidad con el pueblo humilde le

hicieron darse cuenta de las carencias, vejaciones y necesidades de la población

americana, por lo que su lucha perseguía la dignificación de hombres y mujeres

dando fin a la relación de dependencia con España.

Su lucha armada se radicalizó y tomó la vía política cuando, tras diferencias con

Ignacio López Rayón (quien decidió reconocer el gobierno de la corona Española)

convocó un Congreso en Guerrero, el cual se celebró por primera vez el 14 de

septiembre de 1813 en Chilpancingo Guerrero. En este Congreso, también llamado

de Anáhuac, fue en donde se dio lectura a los “Sentimientos de la Nación”.

Así, el Congreso de Anáhuac dio un giro ideológico a la lucha, transformándola en

una guerra por la liberación del territorio, intentando resolver los siguientes

problemas (Galeana, 2003, 35):

 El dominio tiránico y cruel de la península a través de la esclavitud y la

segregación racial impuesta por el régimen de castas.

 El reparto desigual de bienes a través de la Enmienda.

 El despojo violento de tierras y aguas a los pobladores americanos.

 La política económica que debilitó la industria, agricultura y comercio locales,

favoreciendo a la metrópolis y dejando desprotegidos a los habitantes

rurales.

 La discriminación a los americanos en puestos administrativos y

eclesiásticos, menospreciando sus capacidades y negándoles su

participación en ámbito político.

 Pago excesivo de tributos, diezmos y alcabalas.


 Escaso acceso a sistemas educativos, y limitación del acceso a educación

superior.

Las ideas principales de Morelos fueron: la abolición de la esclavitud, la libertad del

territorio septentrional de América del Norte y la división de poderes en Ejecutivo,

Legislativo y Judicial. En estos postulados, expuso en forma ordenada y sintética la

plataforma de sus ideas políticas y sociales (Galeana, 2003, 51).

Aunado a lo anterior, el mismo Congreso redactaría y presentaría, el 22 de octubre

de 1814, el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, primera

Constitución que condensa todo el pensamiento ilustrado de los habitantes

americanos y plasma, por primera vez, la voluntad del pueblo. A partir de este

momento se comenzaría a nombrar a la nueva nación como México (Galeana, 2003,

59).

Los postulados expuestos en la los Sentimientos de la Nación que servirían de

estructura al Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, así

como las constituciones de 1824 y 1857 se organizan de la siguiente forma:

En cuanto a la definición de mexicanos y sus derechos, Morelos dictó:

Que la América es libre e independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno

o Monarquía.

Que la esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de castas,

quedando todos iguales y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y al virtud.

(Sentimientos de la Nación)

En el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, estos

postulados sirvieron como base para la redacción de los capítulos II, III, y VI el

apartado “Principios o elementos constitucionales”, en ellos se encuentran los

artículos que garantizan los derechos y obligaciones de los ciudadanos.

En la constitución de 1824, las garantías individuales se diseminaron por todo el

escrito. En el caso de la constitución de 1857, se encuentran en el primer título en

las secciones I, II y IV, que describen los derechos del hombre, la definición de

mexicanos y las características de los ciudadanos mexicanos.


Morelos señaló que “los empleos los obtengan sólo los mexicanos” y “que no se

admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir, y libres de toda

sospecha” (Sentimientos de la Nación), dando origen a lo que más tarde, en la

Constitución de 1857, en el artículo 30, regularía la cantidad de derechos y

obligaciones que tienen los extranjeros dentro del territorio mexicano:

Tienen derecho a las garantías otorgadas en la sección primera [...]. Tienen la

obligación de contribuir para los gastos públicos [...] sujetándose a las leyes y

autoridades del país, sujetándose a los fallos y sentencias de los tribunales, sin

poder intentar otros recursos que los que las leyes concedan los mexicanos

(Constitución de 1857).

Las tres constituciones, una vez garantizados los derechos y obligaciones a nivel

individual, abordan el tema de la soberanía nacional, idea que se plasmó en el

siguiente postulado: “la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo

quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de

representantes de las provincias en igualdad de números” (Sentimientos de la

Nación). En la constitución de Apatzingán, se aborda en Capítulo II, en la

Constitución de 1824 se plasmó en el artículo 1 y en la constitución del 1857, en la

sección I.

Además, Morelos expresó abiertamente la división de poderes:

La soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que solo quiere depositarla en

sus representantes dividiendo los poderes de ella en Legislativo, Ejecutivo y

Judiciario, eligiendo las Provincias sus vocales, y éstos s los demás, que deben ser

sujetos sabios y de probidad (Sentimientos de la Nación).

Es común a las tres constituciones, organizar su gobierno en Ejecutivo, Legislativo

y Judicial, dividir el territorio en provincias e investirlas de facultades para su

funcionamiento administrativo.

Otro rasgo común en la Constitución de Apatzingán, la Constitución de 1824 y de

1857, es que surgen en contextos críticos. El Congreso de Anáhuac se instauró ante

el conflicto intestino entre insurgentes y realistas, mientras Morelos y los integrantes

de congreso luchaban por la independencia de las colonias del dominio español, los


realistas reconocían la autoridad del Rey de España y su dominio en las colonias

novohispanas.

La Constitución de 1824 se redactó tras la finalización de la revolución de

independencia y el derrocamiento del fallido reinado de Agustín de Iturbide en 1823.

Por su parte, la Constitución del 1857 surgió tras la pérdida de la mitad del territorio

mexicano en manos de los Estados Unidos, la muerte de Lucas Alamán, en 1853 y

la Revolución de Ayutla, cuyo fin fue el derrocamiento de la dictadura despótica de

Antonio López de Santa Anna.

Una diferencia fundamental de la Constitución del 57 con sus predecesoras, fue el

rompimiento con la iglesia y la secularización general de la administración, mientras

Morelos, el Congreso de Apatzingán y la Constitución del 24 reconocen, e incluso

imponen la religión católica, los liberales radicales de la segunda mitad del siglo XIX

secularizan la vida civil y la administración del Estado.

El conocimiento vertido en estos documentos refleja el alto grado de preparación

intelectual de los criollos y mestizos y su conocimiento de las ideas ilustradas del

siglo XVIII, que difundían la libertad del hombre, sus derechos naturales y privados.

Además, quienes redactaron leyes basadas en las teorías de hombres como

Montesquieu, Voltaire y Locke, atendían a la necesidad urgente de dignificar a la

población americana, resolver su situación diaria y procurar los medios de

sobrevivencia y la adecuada administración del Estado.

Por otro lado, la redacción de tres documentos tan similares, en periodos de tiempo

tan cortos, muestran la desorganización política y social que se vivía durante los

primeros años del México independiente, provocada, en gran medida, por una lucha

de poder que priorizaba intereses de grupos privilegiados –pseudo liberales, la

iglesia, la milicia y los extranjeros con posesión de bienes materiales en el país–

sobre las necesidades de la población general y el correcto funcionamiento del

Estado.

Socialmente hablando, la redacción e implementación de las constituciones mostró

una movilidad social en las castas criollas y mestizas privilegiadas, quienes, tras


trescientos años de conquista, lograron acceder a puestos político alto y participar

plenamente en la actividad política nacional. Por el lado negativo, si bien intentaban

regular y cambiar la situación de la población desfavorecida, la realidad de las cosas

es que su situación no cambió y, tanto los campesinos como la gente humilde

seguían siendo víctimas de vejaciones, explotación, no tenían acceso a la

educación y se encontraban completamente ajenos a los derechos adquiridos para

ellos.

Puede afirmarse entonces que si la historia de México se desarrolló de manera tan

convulsa y caótica, no fue debido a falta de conocimiento político o leyes veladas e

improvisadas; la inestabilidad fue provocada por las ambiciones de ciertos grupos

de poder y la falta de un proyecto común que diera un justo medio a los diversos

sectores de la sociedad mexicana, lo que dio como resultado la inestabilidad social

y económica que permeó durante la primera parte del siglo XIX.


Conclusiones


Por más voluntad patriótica de unos cuantos y leyes que se plasmaron, realmente

no existió un verdadero proyecto de nación común en diferentes sectores de la

sociedad, sólo se buscaban el privilegio personal o a nivel de grupos.

En los primero años del México independiente, las personas más radicales y

patrióticas fueron asesinadas, y los personajes que supieron desenvolverse de

manera personal en el entramado político que se tejía en el país no tenían un interés

nacional, sino un deseo personal de mantener el poder.

Las ideas de la ilustración del siglo XVIII terminaron llegando a las naciones

Americanas, en gran medida porque muchos de los personajes de la política

mexicana estudiaron en países europeos o tuvieron acceso a sus obras. No

obstante, en la práctica la gran mayoría de la población mexicana estaba

desprovista de derechos y garantías individuales, por lo que la revolución de

independencia sólo benefició a clases medias y habitantes de las grandes

metrópolis cercanos a los círculos de poder.

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